COACUSADO, VALOR DE LA DECLARACION DEL.
Es verdad que la Corte ha establecido jurisprudencia en el sentido de que no debe desestimarse la imputación que un acusado hace en contra de otro, cuando no trata de eludir su propia responsabilidad; pero es evidente que a esa sola imputación no puede asignársele valor de prueba plena, pues se dejarían de observar los principios reguladores de dicha prueba establecidos en todos los Códigos de Procedimientos Penales que rigen el la República. El cargo proveniente del coacusado, produce indicio, pero es menester asociarlo a otros para que, en conjunto, constituyan prueba completa, y si la condena se basa sólo en la imputación del coacusado, es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306439-c1c65dec/coacusado-valor-de-la-declaracion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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