CONDENA CONDICIONAL, FIANZA PARA LA.
Si la fianza fijada para disfrutar del beneficio de la condena condicional, no corresponde a las condiciones pecuniarias personales del acusado, como conforme a la ley deben tenerse en cuenta esas condiciones, para el señalamiento de la caución, si el monto es excesivo, procede conceder el amparo para el sólo efecto de que, teniendo en cuenta la situación económica y personal del reo, se le asigne una fianza equitativa, que le permita disfrutar del citado beneficio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307426-afce41d7/condena-condicional-fianza-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 768/43. Morales Hernández Eladio. 2 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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