FIANZA EN AMPARO.
Es ajustada a la ley, la resolución del Juez de Distrito que al conceder la suspensión, impone al recurrente la obligación de otorgar fianza, porque la propia ley faculta a los Jueces de Distrito para que, al conceder una suspensión, cuando se trata de un acto restrictivo de la libertad personal, pueden dictar las medidas que estimen necesarias para el aseguramiento del quejoso, a efecto de que éste pueda ser devuelto a la autoridad responsable si no se concediera la protección de la Justicia Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308763-80169a41/fianza-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal 7275/41. Revisión del incidente de suspensión. Hernández Arcadio H. 10 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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