LIBERTAD PREPARATORIA.
Es violatoria de garantías la sentencia de un Juez penal, que niegue la libertad preparatoria a un reo, porque esta institución tiene como fundamento no prolongar la sanción cuando ha transcurrido ya una parte considerable de ella y al propio tiempo, procurar la readaptación del encausado a su regeneración, lo que hace innecesario seguir segregando de la sociedad a uno de sus miembros, sin que la defensa social esté interesada en ello; regla general que no tiene otra excepciones que la relativa a los reos a quienes se les hubiera revocado dicha libertad que con anterioridad disfrutaban, o a que se compruebe que se trata de un delincuente habitual.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308959-868025fd/libertad-preparatoria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LIBERTAD PREPARATORIA. (s/clave)
- LIBERTAD PREPARATORIA. (s/clave)
- LIBERTAD PREPARATORIA. (s/clave)
- LIBERTAD PREPARATORIA. (s/clave)
- LIBERTAD PREPARATORIA. (s/clave)
- LIBERTAD PREPARATORIA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis