CONDENA CONDICIONAL.
Para que pueda concederse el beneficio de la condena condicional, es preciso que el peticionario acredite fehacientemente los extremos del artículo 90 del Código Penal Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309069-e822a804/condena-condicional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6827/40. Martínez Micaela. 29 de enero de 1914. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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