LEGITIMA DEFENSA, EXCULPANTE DE.
La exculpante de responsabilidad contenida en la fracción III del artículo 15 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, no se justifica si no se comprueba que el agraviado corrió un peligro inminente con la agresión de que fue víctima, la cual previo y pudo evitar fácilmente, por otros medios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309991-30452419/legitima-defensa-exculpante-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7369/38. Núñez Cervantes Odón. 25 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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