ARMAS, NO ES DELICTUOSA LA PORTACION DE ELLAS, SIN LICENCIA.
De acuerdo con el artículo 10 de la Constitución Federal, los habitantes de los Estado Unidos Mexicanos tienen libertad de poseer armas de cualquiera clase, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la ley y de las que reserva la nación para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Guardia Nacionales; estableciendo la limitación de que para poder portarlas dentro de las poblaciones, habrá que sujetarse a los reglamentos de policía; por tanto, el hecho de portar un arma sin la respectiva licencia otorgada por la autoridad administrativa, constituye una falta y no un delito, y la sentencia que impone pena por la portación de armas sin licencia, es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310933-c012d67f/armas-no-es-delictuosa-la-portacion-de-ellas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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