RAPTO, QUERELLA EN EL DELITO DE.
Es legal la querella que por el delito de rapto, presente quien afirma ser madre de la ofendida, si ésta reconoce aquélla circunstancia; no siendo necesario que se compruebe el parentesco con el acta del Registro Civil, cuando de autos no consta dato alguno que contradiga las afirmaciones de querellante y ofendida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311841-e94cda4e/rapto-querella-en-el-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6665/34. Andrade Erasmo. 28 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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