CAREOS, ILEGAL OMISION DE LOS.
Si en un proceso se dejan de practicar careos entre el acusado y los testigos de cargo, se comete una manifiesta violación a la ley, que deja sin defensa al procesado; y aunque dicha omisión no haya sido reclamada oportunamente por el procesado, en primera instancia, ni se hubiera alegado en la segunda, la Suprema Corte puede suplir la deficiencia de la queja en amparo directo, tomando en cuenta dicha violación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311870-0feec981/careos-ilegal-omision-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
amparo penal directo 1535/34. Téllez Girón Gaspar. 11 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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