Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

INSTITUCIONES DE CREDITO, LIQUIDACION DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 313887 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 102

Aunque el artículo 345 de la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios, declara que los autos de liquidación, son eminentemente atractivos, y que, por lo mismo, a ellos deben acumularse los juicios que estuvieren pendientes contra la persona puesta en liquidación, salvo aquellos en que se haya pronunciado sentencia definitiva, que tenga fuerza ejecutoria, así como los ejecutivos e hipotecarios, sobre el pago de créditos garantizados con hipoteca o prenda, debe entenderse que las actuaciones judiciales a que se refiere el citado artículo, son las de carácter puramente civil, mas no las penales, puesto que no sería jurídico entender que la declaración de estado de suspensión de pagos, produjera la impunidad en los delitos cometidos por los fallidos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313887-ee905ba5/instituciones-de-credito-liquidacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 4282/30. Liquidación Judicial de Gutiérrez Juan C. 2 de septiembre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis