DIFAMACION.
Conforme a la legislación penal de Chihuahua, la difamación consiste en comunicar dolosamente, a una o más personas la imputación que se hace a otra, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra o descrédito o exponerlo al desprecio de alguno; y cuando los hechos quedan incluidos dentro de los anteriores términos, no pueden ser calificadas como injurias o como calumnia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314144-8db85bad/difamacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2273/24. Basoco Sánchez Desiderio. 21 de julio de 1931. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos Salcedo. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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