JURADO POPULAR.
Si la insaculación de los jurados se lleva a cabo en forma diferente de la prevenida por la ley respectiva, se comete la violación del procedimiento de que habla la fracción XI del artículo 109 de la Ley de Amparo, y procede por lo mismo conceder la protección federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314188-88b2d4b6/jurado-popular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2887/29. Franco Gabino y coagraviado. 6 de enero de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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