ROBO.
Si la cosa que se dice robada, debe estar en poder del acusado, por razón de sus funciones, falta el elemento esencial del apoderamiento y por lo mismo no existe el delito de robo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314629-80aafbad/robo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1684/28. Samaniego Joaquín. 10 de julio de 1930. Unanimidad de cinco votos. la publicación no menciona el nombre del ponente.
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