PRUEBAS, APRECIACION DE LAS, POR LOS TRIBUNALES FEDERALES.
Cuando la autoridad responsable haya dejado de tomar en consideración unas pruebas, al dictar su sentencia en un proceso, la Suprema Corte esta en la obligación de apreciarlas; sin que esta apreciación de probanzas signifique que invade facultades reservadas por la ley al sentenciador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315074-66384b6e/pruebas-apreciacion-de-las-por-los-tribunales-federales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 28/29. García Vicente. 13 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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