CONFESION DEL ACUSADO.
Cuando contiene una circunstancia modificativa de la responsabilidad, para poder tomar dicha confesión en toda su integridad, como prueba, debe el que la hace, demostrar tal circunstancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315459-c8bc30d8/confesion-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XXV, página 2432. Indice Alfabético. Amparo directo 3659/28. Maya Gutiérrez Adrián. 14 de marzo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Relator: Francisco Barba.
Tomo XXV, página 2432. Indice Alfabético. Amparo directo 189/23. Martínez Marcos. 7 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Relator: Carlos Salcedo.
Tomo XXV, página 299. Amparo penal directo 4525/27. Romero Manuel. 24 de enero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Francisco Barba.
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