REVISION FISCAL (MULTAS).
Atento lo dispuesto por el artículo 227 del Código Fiscal, que establece el recurso de revisión contra las resoluciones de las Oficinas Federales de Hacienda que impongan multas hasta de cien pesos, el que no ha sido derogado ni adicionado, el acuerdo publicado el veintisiete de julio de mil novecientos cuarenta y ocho en relación con multas fiscales no puede reformar el mencionado artículo ni hacerlo extensivo a causas distintas de las que en él se expresa, y por tanto, si la Sala Fiscal, al resolver sobre un asunto declara que no es aplicable al caso, porque se trata de multas impuestas por la Dirección de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, no causa agravio al recurrente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317862-bec9a615/revision-fiscal-multas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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