MARCAS, NULIDAD DE LA PATENTE EXPEDIDA POR SEMEJANZA CON OTRA ANTERIORMENTE REGISTRADA.
Aun cuando se han pronunciado ejecutorias en el sentido de que no obstante que halla aparente semejanza entre dos marcas, no puede pedirse la nulidad de patente de la segunda, fundándose en que dicha semejanza no puede inducir a error o confusión al público consumidor, porque los productos que respectivamente amparen, sean totalmente distintos, por corresponder a grupos diferentes de clasificación, si en el caso de la segunda marca registrada se confunda con a anterior, de acuerdo con la fracción V del artículo 200 de la Ley de la Propiedad Industrial, procede tal declaración de nulidad, por tratarse de una que se confunde con la primeramente registrada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319019-8786cd20/marcas-nulidad-de-la-patente-expedida-por-semejanza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MARCAS, DECLARACION DE NULIDAD DEL REGISTRO POR SEMEJANZA. (s/clave)
- MARCAS, NULIDAD DE. (s/clave)
- MARCAS, SIMILITUD EN CUANTO A SU NATURALEZA O A SU EMPLEO. (s/clave)
- MARCAS. SIMILITUD EN CUANTO A SU NATURALEZA O A SU EMPLEO. (s/clave)
- MARCAS. NO EXISTE CONFUSION CUANDO LOS PRODUCTOS QUE AMPARAN SON PARA USO DISTINTO. (s/clave)
- MARCAS INDUSTRIALES, SEMEJANZA DE LAS. JUICIO SUBJETIVO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis