BARDAS, PRECIOS DE LAS.
Independientemente de que el Decreto de once de julio de mil novecientos cuarenta y siete y el Reglamento de Construcciones que modifica, no establecen que los avisos a los dueños de predios, sobre su obligación de bardarlos, se den por medio de la prensa, si no se acredita que las autoridades hayan hecho las publicaciones respectivas, señalando plazo para bardar un terreno, al hacerlo por cuenta del afectado, es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319567-a915961d/bardas-precios-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 6377/49. Colonia Industrial, S.A. 11 de octubre de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CV, Pág. 249. Amparo administrativo en revisión 3814/50. Cía de Terrenos Narvarte y Anexas, S.A. 8 de julio de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
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