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EJIDATARIOS, DESPOSEIMIENTO DE TIERRAS A LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 320966 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2033

Las resoluciones dotatorias presidenciales, se integran con el plano de ejecución respectivo, ya sea que este se formule previamente a la resolución, o con posterioridad por disponerlo así el acuerdo; por consiguiente, una vez elaborado el plano, con sujeción a los términos de la resolución presidencial y ejecutada la posesión definitiva conforme a dicho plano aprobado, todo acto tendiente a modificar esa posesión, importa violación a los artículos 14 y 16 constitucionales, puesto que se afectan las propiedades y posesiones de la agrupación ejidal, sin justificación y sin previa audiencia, lo que motiva la concesión del amparo. conviene agregar que la desposesión de una porción de los terrenos ejidales, no puede encontrar justificación en el hecho de que la población dotada haya aprovechado los vasos de almacenamiento de agua que no fueron objeto de la posesión, y los que se reservara para la nación, pues aun atendiendo al antecedente de que estas tierras hayan sido rechazadas por el comisariado ejidal, y que en virtud de tal repulsa, se hubiera dado posesión de la superficie motivo de la presente queja, no es posible desentenderse de la circunstancia de que dicha porción quedó comprendida dentro del plano de ejecución, conforme al cual se llevó a cabo la posesión definitiva.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320966-7ffa24e0/ejidatarios-desposeimiento-de-tierras-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3203/47. Comisariado Ejidal del "Plan de Ayala"o Santa Rosa del Municipio de León Guanajuato. 3 de septiembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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