ALCOHOL, INFRACCIONES EN LA ELABORACION DE.
Como el artículo 8o., fracción XI, de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables, de 31 de diciembre de 1941, no establece distingos, es procedente la sanción impuesta por elaborar alcohol con materias distintas de las autorizadas, aunque se hayan revuelto solamente parte de dichas materias para obtener el alcohol.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321059-7fa9c9c3/alcohol-infracciones-en-la-elaboracion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6672/46. Sociedad Cooperativa de Ejidatarios y Obreros del Ingenio "Emiliano Zapata", S. C. de R. S. de P. E. 9 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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