POSESION, PRUEBA DE LA.
La posesión de inmuebles no es susceptible de probarse mediante la inspección ocular, puesto que la naturaleza misma de la posesión requiere una sucesión de actos que la motivan, los que no pueden ser apreciados en un sólo instante a través del órgano visual.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321920-031f4568/posesion-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4292/44. Morales Felipe. 10 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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