Corpus
Modo: Corpus Pro

ALIMENTOS, EXPENDEDORES DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 322181 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2117

Conforme a los artículo 306 y 307 del Código Sanitario, se entiende por expendedores no sólo a los que venden directamente al público, sino también a los que comercian directa o indirectamente con comestibles y bebidas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322181-d9f654e6/alimentos-expendedores-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 8819/45. Martínez Demetrio. 8 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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