TIERRAS OCIOSAS, CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE.
Si la parte quejosa presentó contratos de arrendamiento, firmados por el presidente y el secretario municipales de un Ayuntamiento, autorizados con el sello de éste, tales contratos tienen valor probatorio pleno, y no les correspondía a dichos quejosos, demostrar que las personas que los suscribieron con ese carácter, efectivamente desempeñaban esos cargos públicos, sino al tercero perjudicado, demostrar lo contrario; y como el presidente municipal es la autoridad ejecutora de las órdenes y acuerdos del Ayuntamiento, a ese funcionario corresponde celebrar los contratos de arrendamiento de tierras ociosas que el cuerpo edilicio resuelva se otorguen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323552-366cc473/tierras-ociosas-contrato-de-arrendamiento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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