PRUEBAS EN EL AMPARO.
De acuerdo con el artículo 78, de la Ley de Amparo las pruebas rendidas en el juicio de garantías por la autoridad demandada, no pueden ser tomadas en consideración por los Jueces de Distrito, cuando tienda a demostrar hechos que hayan sido controvertidos en otro juicio, donde debieron ser allegados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325989-4bc08feb/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2613/42. Zubiaga Juan, sucesión de. 8 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista estuvo ausente por las razones que constan en el acta del día. Relator: Gabino Fraga.
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS EN EL AMPARO. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL AMPARO. (s/clave)
- PRUEBAS NO SON ADMISIBLES EN AMPARO. CUANDO NO FUERON OFRECIDAS ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE. (948)
- PRUEBAS NO SON ADMISIBLES EN AMPARO. CUANDO NO FUERON OFRECIDAS ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE. (VI. 2o. J/89)
- PRUEBAS EN EL AMPARO. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis