AGRAVIOS.
Si la autoridad responsable en sus agravios, no hace sino repetir en su instancia, la argumentación que hubiera expuesto en su informe justificado, para solicitar del inferior que sobreseyara en el juicio, y que este ya estudió y desechó, es claro, que por no exponer ningún argumento sólido para demostrar que la sentencia recurrida es violatoria de ley de fondo o forma, tiene que estimarse que no están reunidas las condiciones que la técnica jurídica procesal exige para la expresión de agravios, y por tanto, los expuestos en tales condiciones, deben desecharse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326410-a3603214/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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