DEUDA PUBLICA INTERIOR, COMPETENCIA DE LA COMISION AJUSTADORA DE LA.
La interpretación que debe darse al artículo 2o., fracción XII, de la Ley Reglamentaria de la Comisión Ajustadora de la Deuda Pública de 20 de febrero de 1929, es la de que la comisión tienen competencia para declarar que determinado crédito está depurado y consiguientemente, para clasificarlo y registrarlo en la cuenta de la deuda pública interior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326710-433e8e82/deuda-publica-interior-competencia-de-la-comision-ajustadora · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6081/34. Compañía de Terrenos de la Calzada de Chapultepec, S. A. 30 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Gabino Fraga. Relator: Franco Carreño.
Jurisprudencia relacionada
- COMISION AJUSTADORA DE LA DEUDA PUBLICA INTERIOR, COMPETENCIA DE LA. (s/clave)
- DEUDA PUBLICA INTERIOR, RESOLUCIONES DE LA COMISION AJUSTADORA DE LA. (s/clave)
- COMISION AJUSTADORA DE LA DEUDA PUBLICA INTERIOR, COMPETENCIA DE LA. (s/clave)
- COMISION AJUSTADORA DE LA DEUDA PUBLICA. (s/clave)
- COMISION AJUSTADORA DE LA DEUDA PUBLICA, REQUISITOS PARA QUE CONOZCA DE RECLAMACIONES PRESENTADAS POR EXTRANJEROS. (s/clave)
- COMISION AJUSTADORA DE LA DEUDA PUBLICA INTERIOR, FACULTADES DE LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis