EJIDATARIOS, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA EL DESPOSEIMIENTO DE LAS PARCELAS DE LOS.
Debe confirmarse el sobreseimiento dictado en un juicio de amparo promovido contra el jefe del Departamento Agrario y un comisariado ejidal, por autorizar y tratar de privar al quejoso de sus parcelas, si éste se funda en que los actos reclamados no tienen el carácter de definitivos, por ser reclamables ante el Departamento Agrario, según lo establece el artículo 247 del código de la materia, si es que el que recurre la sentencia del inferior ante la Corte, no expresa ningún agravio contra este razonamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327445-2ebc9e0a/ejidatarios-recurso-que-debe-agotarse-previamente-al-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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