AGRAVIOS.
Por agravios se entiende la lesión que una sentencia infiere al derecho de una persona, por la falta de aplicación de las leyes que rigen el acto, o porque se aplicaron inexactamente, o también porque, en lugar de aplicar unas, se aplicaron otras indebidamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328076-72672ad7/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1918/38. Martín del campo viuda de Flores Ramona. 17 de septiembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 55, tesis 31, de rubro "AGRAVIOS EN LA REVISION.".
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