PETROLEOS, ACUERDOS EN CASO DE.
Si en un acuerdo hace un estudio amplio de la situación jurídica en que se encuentra colocada una persona, con relación a los derechos que pretende al subsuelo petrolífero de unos lotes, aun cuando en él no se ordene que se notifique el mismo, como resultado de estudio relativo realizado, tal omisión no puede constituir una violación de garantías, puesto que al ordenarse la publicación de aquél, en el Diario Oficial, se da oportunidad al afectado, para conocer su contenido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329912-2fc100a3/petroleos-acuerdos-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparos administrativos acumulados en revisión 70/38. Valenzuela Policarpo y coagraviados, sucesión de. 22 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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