ESCUELA NAVAL, ALUMNOS DE LA.
Con el acto de que a un alumno de la escuela naval se le aplique un reglamento puesto en vigor con posterioridad a la inscripción de aquel en la escuela, no se le violan las garantías constitucionales, pues cuando entró en vigor el nuevo reglamento, estuvo en aptitud de continuar en la escuela bajo la vigencia del mismo, o de abandonar la carrera, al variarse la institución legal que regía las obligaciones de los alumnos, y al continuar en la escuela, quedó sujeto a nuevo reglamento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329927-ede0be35/escuela-naval-alumnos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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