RECONSIDERACION.
Las gestiones de reconsideración promovidas por el representante de una persona, no obliga a ésta, si no consta que aquél hubiere procedido como mandatario de ella.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330370-0d239fb3/reconsideracion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4497/38. Luna viuda de Videgaray María Refugio y coagraviados. 24 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Fernando López Cárdenas.
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