CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, NULIDAD DE.
Si las operaciones celebradas por el gobernador de un Estado, al amparo de decretos que lo autorizaron para el caso, no están regidas por el derecho público, sino por el derecho privado, la rescisión o nulidad de dichos contratos debe ser demandada en juicio y ante los tribunales comunes y no decretada de propia autoridad por el gobernador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332170-7e467ae9/contratos-administrativos-nulidad-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4366/37. Luengas Luis G. y coagraviado. testamentaría de. 14 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.
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