PETICION, DERECHO DE.
El artículo 8o. constitucional sólo obliga a las autoridades ante quienes se haga una solicitud, a dictar un acuerdo sobre la misma, pero no a que dicho acuerdo resuelva forzosamente la cuestión propuesta, ya que si la autoridad en cuestión se considera incompetente para resolver, por carecer de elementos necesarios para ello, no puede exigírsele una decisión en cuanto al fondo del asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332996-6c0e35ac/peticion-derecho-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6899/35. Cervera Solís Hernán G. 28 de abril de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.
Jurisprudencia relacionada
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. INCOMPETENCIA DE LA AUTORIDAD. (s/clave)
- PETICION. DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis