CONTRATO-CONCESION, CADUCIDAD Y NULIDAD DEL.
La ineficacia de una concesión puede provenir de su caducidad o de su nulidad, que puede ser relativa, o de su inexistencia. Para que la caducidad de una concesión o su nulidad, en las dos formas que reviste, puedan ser materia del juicio constitucional, se requiere que la autoridad las haya declarado expresamente; no así la inexistencia, que basta que se alegue para que pueda ser examinada por el Juez Federal. Por tanto, si la concesión de una persona no ha sido declarada caduca, nula o inexistente por la autoridad responsable, y únicamente fue alegada su inexistencia como justificación del acto que en tal amparo se reclame, sólo podrá analizarse la validez de la concesión, desde el punto de vista de su existencia o inexistencia jurídica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333851-9b99527b/contrato-concesion-caducidad-y-nulidad-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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