OPOSICION, RECURSO DE, EN EL ESTADO DE DURANGO.
De acuerdo con los artículos 21 y 22 de la Ley Económicocoactiva del Estado de Durango, el recurso para oponerse a una liquidación sobre herencias y legados, sólo puede hacerse valer en los casos contenciosos; por lo que si una persona no se encuentra en uno de ellos, por no haber tenido oportunidad de expresar su oposición ante las autoridades fiscales, en vista, de que tuvo noticia del procedimiento hasta que se estaba rematando una de sus propiedades, no puede declararse improcedente el amparo que contra tales procedimientos pida, fundándose en que no agotó el mencionado recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334678-a7cb8bda/oposicion-recurso-de-en-el-estado-de-durango · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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