MEDICOS, PROHIBICION A LOS, DE ANUNCIARSE.
Si una persona sostiene que tiene derecho para anunciarse como médico y como especialista, la prohibición para que haga dicho anuncio, sí limita sus actividades en el campo profesional y, por tanto, le causa un perjuicio; razón por la cual no puede desecharse la demanda que presente contra tales actos, pues si dicho perjuicio es motivado o no, es cuestión que debe estudiarse en el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334714-32945de9/medicos-prohibicion-a-los-de-anunciarse · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7087/35. Montiel H. Aristarco. 13 de marzo de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. Relator: José M. Truchuelo.
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