PENSIONES, COMO DEBEN PAGARSE.
Aunque en una ejecución de amparo no se diga de una manera expresa que se concede el amparo al quejoso, para que la pensión se fije sobre determinado sueldo, si en esa sentencia se otorga la protección constitucional, en virtud de que la Secretaría de Guerra y Marina violó las garantías individuales del quejoso, al desconocerle el derecho de ser pensionado por haber prestado más de veinte años de servicios a la nación, dicha ejecutoria no debe ser interpretada en el sentido restringido de asignar una pensión al quejoso, cualquiera que sea su monto, sino en el que se otorgue al interesado la pensión a que tenga derecho, en relación con el sueldo que percibía, al dejar de prestar sus servicios a la nación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335138-211a5bde/pensiones-como-deben-pagarse · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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