Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS EN EL AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 335827 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 619

De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 79 de la Ley de Amparo, en su primera parte, en el juicio de garantías es admisible toda clase de pruebas, excepto la de posiciones, siempre que se promuevan y rindan en la audiencia constitucional respectiva; y debe estimarse que se promueve una prueba de posiciones cuando se pide que se libre oficio a la autoridad responsable, para que conteste sobre puntos especificados en la petición.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335827-de9a94ba/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo administrativo 378/34. Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Director General de Aduanas. 4 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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