Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PRUEBAS EN EL AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 337739 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2501

El artículo 79 de la Ley de Amparo, preceptúa que en este juicio es admisible toda clase de pruebas, excepto la de posiciones, siempre que se promuevan y rindan en la audiencia de que habla el artículo 76. Concordando estas dos disposiciones y no distinguiendo la segunda, (artículo 76), si las pruebas admisibles en el juicio de amparo, deben promoverse y rendirse en la audiencia que se señala al admitirse la demanda o en la que se fija por aplazamiento de la misma, si el periodo de pruebas no ha sido cerrado aún al levantarse la audiencia en el amparo, la nueva prueba que ofrezca la parte quejosa, debe ser admitida.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337739-fa1f530f/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo administrativo 18/30. Agente del Ministerio Público. 27 de abril de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis