DOTACION O RESTITUCION DE EJIDOS O DE AGUAS, JUICIOS DE AMPARO RELATIVOS A.
De acuerdo con el artículo 2o. transitorio de la ley constitucional de 23 de diciembre de 1931, que reformó y adicionó el artículo 10 de la ley de 6 de enero de 1915, los juicios de que se trata, y que estén pendientes de revisión, serán desde luego sobreseídos, y los afectados con dotación, tendrán sólo el derecho de reclamar la indemnización a que haya lugar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336879-6728e7d5/dotacion-o-restitucion-de-ejidos-o-de-aguas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 294/32. Larralde Adolfo. 27 de abril de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.
Jurisprudencia relacionada
- DOTACIONES DE EJIDOS, AMPARO CONCEDIDO CONTRA LAS. (s/clave)
- DOTACIONES DE EJIDOS, AMPAROS CONCEDIDOS EN CONTRA LAS. (s/clave)
- EJIDOS, DOTACION DE. (s/clave)
- DOTACION DE AGUAS. (s/clave)
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- DOTACION DE TIERRAS Y AGUAS, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis