ALCOHOLES, IMPUESTOS A LOS.
Las leyes vigentes sobre impuestos a alcoholes, se limitan a establecer que son causantes de esos impuestos, los productores de cualquiera de los artículos que grava dicha ley, quienes están obligados a expedir facturas, en la fecha en que los efectos salgan de la fábrica o lugar de su producción, con los requisitos que la misma ley menciona, y que la responsabilidad por las infracciones a la ley o a su reglamento, se harán efectivas sobre los bienes de la negociación, cualquiera que sea su explotador; pero ni la ley ni el reglamento autorizan al decomiso de las mercancías, y, por otra parte, la Suprema Corte ha sentado la jurisprudencia de que las autoridades administrativas son incompetentes para llevar a cabo el decomiso, el cual, por constituir una pena, es de la competencia exclusiva de la autoridad judicial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337515-0de86324/alcoholes-impuestos-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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