CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL.
La Ley de Ingresos Municipales, de 20 de enero de 1897, del Distrito Federal, exige como requisito indispensable, que la solicitud de licencias para edificar, reedificar o mejorar fincas, sean suscrita por un ingeniero civil, arquitecto o maestro de obras titulado, con el propósito evidente de que el profesional que suscriba la solicitud, se encargue de la dirección de la obra, haciéndose responsable de la construcción, pues no sería lógica la exigencia de la ley, si no persiguiese dicha finalidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338170-c9b6b5aa/construcciones-en-el-distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES, PERMISOS PARA LAS. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL. (42)
- CONSTRUCCIONES, DAÑOS A LAS (LICENCIAS PARA CONSTRUIR). (s/clave)
- CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis