FIADOR EN EL AMPARO.
Cuando por virtud de una resolución de la autoridad responsable, ya no subsisten los actos reclamados, tampoco subsiste la obligación del fiador, de presentar a sus fiados al Juez de Distrito, asegurada por medio de la fianza, y por tanto el mismo Juez debe acordar que dicha fianza no se haga efectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338251-5a30af5b/fiador-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo 49/29. Prado Enrique C. 7 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- FIADOR EN EL AMPARO. (s/clave)
- FIADOR EN EL AMPARO. (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO. (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO. (s/clave)
- FIADOR EN EL AMPARO. (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis