REMATES.
Los remates no consuman irreparablemente el auto que se reclama, aun cuando se haya hecho adjudicación de los bienes rematados, pues dicha adjudicación quedará sin efecto, por virtud de la sentencia que conceda el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338573-38c52cb4/remates · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1489/27. Rosenzweig Leopoldo de. 16 de enero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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