AMPARO ADMINISTRATIVO.
Si la resolución administrativa contra la cual se pide amparo, puede ser remediada por algún recurso expresamente concedido por la ley, no puede pedirse amparo respecto de ella, sino de la resolución final que se hubiere dictado en su resolución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338667-97df554e/amparo-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 166/20. Buitrón José. 16 de abril de 1929. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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