FIANZAS, PRORROGA AL FIADO EN CASO DE.
Si en la misma demanda en donde se exige el pago de una fianza, el demandante manifiesta que concedió una prórroga al fiado, tal afirmación constituye una confesión judicial que hace prueba plena, y, por ende, corresponde al actor probar que se notificó a la afianzadora la prórroga concedida, para que la fianza no se extinga.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340562-c4aae525/fianzas-prorroga-al-fiado-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3564/54. Acuña Vda. de Fox Aurea Estela y coag. 22 de noviembre de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Gabriel García Rojas. Relator: José Castro Estrada.
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