EXPROPIACION, PROCEDIMIENTO PARA LA (LEGISLACION DE MORELOS).
La expropiación es, en esencia, una venta forzosa decretada por el estado, cuando el propietario de la cosa no se allana a venderla y esta es necesaria para satisfacer una necesidad de utilidad pública; de manera que la intervención judicial posterior es un tramite especial de jurisdicción contenciosa, que tiene por objeto fijar el monto de la indemnización, o sea, el precio de la cosa, en donde en partes el estado por un lado y el o los expropiados por el otro, aquel y este con diversos puntos de vista en cuanto al precio. Así pues, no son aplicables en la especie los artículos 1346, 1348 y 1352, que se contraen a las diligencias de jurisdicción voluntaria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341416-65ceb17e/expropiacion-procedimiento-para-la-legislacion-de-morelos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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