FIANZAS, ALCANCE DE LAS.
Otorgada una fianza en relación a un contrato de mutuo con interés, aunque es lógico suponer que la misma cubre la totalidad de las responsabilidades, si en la póliza respectiva se limita a una cantidad equivalente a la suerte principal, no es lícito extender esa obligación, contra declaración expresa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342014-1412e83b/fianzas-alcance-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4368/51. García de León Luis y coags. 8 de diciembre de 1952. Mayoría de tres votos. Disidente: Gabriel García Rojas. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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