Corpus
Modo: Corpus Pro

CODIGO AGRARIO, IRRETROACTIVIDAD DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 343871 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 492

La Suprema Corte de Justicia ha admitido la constitucionalidad de la aplicación de los Códigos Agrarios que han regido situaciones jurídicas anteriores a la expedición de esos ordenamientos, en virtud de que, siendo las leyes agrarias orgánicas del artículo 27 constitucional, en cuanto se refieren a ejidos, son de orden público y, por tanto, su aplicación no es retroactiva, aun cuando la existencia del derecho que regulen sea anterior a ellas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343871-412a7eb9/codigo-agrario-irretroactividad-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 763/43. Taboada Virgilio. 19 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.

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