SUSPENSION, DESOBEDECIMIENTO DE LA.
Es verdad que el Juez de Distrito tiene el deber de hacer que las ejecutorias dictadas en los juicios de amparo, ya sea el fondo, ya sea sobre la suspensión del acto reclamado, tengan su debido cumplimiento; pero no es menos cierto que el propio funcionario debe guardar también respeto y hacer que se cumplan las demás resoluciones que se dicten en los juicios de garantías. En consecuencia, debió dicho Juez declarar infundada la queja interpuesta por desobediencia a la suspensión concedida en un primer juicio de amparo, si el desobedecimiento a esa suspensión, al ejecutarse el acto de que se trata, no era más que aparente, en virtud de que dicha ejecución no se debió a que no se respetara la suspensión concedida en ese juicio de amparo, sino a los derechos adquiridos por los terceros perjudicados, al otorgar contrafianza en un segundo juicio de amparo, en cuyo incidente de suspensión se había concedido ésta, con los mismos efectos señalados en la primera suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344436-0a725ece/suspension-desobedecimiento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION, DESOBEDECIMIENTO A LA. (s/clave)
- SUSPENSION Y AMPARO. (s/clave)
- SUSPENSION, DESOBEDECIMIENTO DE LA. (s/clave)
- SUSPENSION, QUEJA POR DESOBEDIENCIA DEL AUTO DE. (s/clave)
- SUSPENSION DEFINITIVA, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- SUSPENSION, NO ES MOTIVO PARA NEGARLA, QUE EL ACTO RECLAMADO SEA RECURRIBLE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis